Elecciones 2023

Empezó la veda electoral en Salta: qué se puede hacer y que no

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Ya rige la veda electoral para toda la provincia. ¿Hasta cuándo y cómo es?

Debido a las elecciones provinciales que se realizarán el domingo 14 de mayo de 08:00 a 18:00 horas, inició la veda electoral este viernes a las 8:00.

Rige tanto para los candidatos como para los electores. Por FMAries el secretario electoral, Pablo Finquelstein, explicó, que actividades abarca y cuáles son las consecuencias ante una posible violación a la veda.

“Durante la veda no se puede hacer más campaña, planes de gobiernos, ideas. Es un momento para que el elector piense su voto para el domingo: está prohibida toda la actividad de campaña, no importa el medio. En el caso de las redes sociales, es más complicado controlar porque no sabemos si es un ciudadano común o alguien con vinculación política” explicó.

En el caso de violar la veda, se aplicarán sanciones económicas que se determinarán previo análisis para ver si corresponde o no una sanción. Por otro lado, remarcó que está prohibido el ingreso al “cuarto oscuro” con celulares.

A partir de las 8 de la mañana de este viernes, comenzará la veda electoral para todas las agrupaciones políticas que disputarán los comicios del próximo domingo por los cargos ejecutivos y legislativos.

Mientras que la veda electoral para la ciudadanía iniciará el sábado, por medio de controles policiales, desde las 20 horas.

Así mismo el domingo a las 21 horas, es decir, tres horas posteriores al cierre de la votación, se levanta la veda y podrán realizarse las actividades postergadas.

Durante la veda, las siguientes actividades quedan restringidas en Salta:

Admitir reuniones de electores durante las horas de la elección a todo propietario o inquilino que, en los centros urbanos, habite una casa situada dentro de un radio de 80 metros alrededor de una mesa receptora de votos. Si la casa fuese tomada a viva fuerza, deberá el propietario o inquilino dar aviso de inmediato a la autoridad policial

La realización de espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados, fiestas teatrales, deportivas y toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral, durante las horas de los comicios

  La portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos durante el día de la elección, 12 horas antes y tres horas después de finalizado la votación

La realización de actos públicos de proselitismo, desde 48 horas antes de la iniciación de los comicios 

Habilitar las casas destinadas al expendio de bebidas alcohólicas de cualquier clase durante el día de las elecciones

Ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragios dentro de un radio de 80 metros de las mesas receptoras de votos, contados sobre la calzada, calle o camino.

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