El trámite de “fe de vida”, requerido por la ANSES, dejará de ser un requisito para más de 3,2 millones de jubilados. La ley fue aprobada en Diputados con 170 votos a favor.
La Cámara de Diputados convirtió en ley un proyecto que elimina el trámite de actualización de “Fe de Vida” que deben presentar jubilados y pensionados que integran el Sistema Integrado Previsional Argentino y de Pensiones No Contributivas para el cobro de sus haberes mensuales.
La iniciativa fue aprobada por 170 a 3 votos en una votación a libro cerrado donde se sancionaron otros proyectos referidos a acuerdos internacionales, entre otros dictámenes, en el último tramo de una sesión que se extendió por más de trece horas.
De los aproximadamente 7,3 millones de pasivos del sistema previsional, más de 3,2 millones no deben presentar su fe de vida a partir de acuerdos entre el Estado y algunas entidades bancarias, en su mayoría, del sector público.
El artículo establece que “en ningún caso podrán requerirse trámites adicionales a cargo del beneficiario y/o apoderado de la prestación” jubilatoria “más allá de las verificaciones realizadas al momento del cobro presencial que eventualmente se realice”.
Fe de vida para jubilados
Se trata de un trámite que debían realizar periódicamente para que la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) certifique la supervivencia del jubilado o pensionado.
En ese sentido, el banco donde se cobra la jubilación o pensión ofrecía diversas metodologías digitales para realizar la Fe de Vida. De esta manera, se brindaba la posibilidad para elegir de qué forma realizar este trámite.
A través de la Resolución 132 y tras la derogación de las normativas predecesoras 567 y 648, el mecanismo buscará optimizar el esquema utilizado para la liquidación de los montos quincenales, mensuales o único.
“Resulta necesario que los Convenios de Pago de Prestaciones de la Seguridad Social, a suscribirse junto a las entidades pagadoras, contenga todas las innovaciones a este respecto”, puntualiza una parte del Considerando.