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La Provincia dispuso la reducción de la facturación a usuarios de Edesa de los departamentos de Orán y San Martín

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Mediante un decreto firmado por el gobernador Sáenz, se estableció la reducción de la facturación a usuarios generales y residenciales de los departamentos de Orán y San Martín de los segmentos 2 y 3, quienes podrán pagarán a Edesa durante 6 meses el mismo monto que abonaron con la factura de noviembre del 2022.

El Gobierno de la Provincia dispuso hoy que usuarios de los departamentos de Orán y San Martín abonen a la empresa EDESA durante 6 meses el mismo monto que pagaron en la factura de noviembre del 2022.

La medida se estableció con el objetivo de salvaguardar los derechos de las personas afectadas teniendo en cuenta la deficiente prestación del servicio por parte de la Empresa, los reiterados cortes del suministro de energía eléctrica y la suba en la facturación.

De esta forma, mediante el decreto N° 38 firmado por el gobernador Gustavo Sáenz, se dispuso la reducción de la facturación a usuarios generales y residenciales de los departamentos de Orán y San Martín de los segmentos 2 y 3 cuando el consumo mensual supere el 30 % del consumo de referencia del mes de noviembre/2022.

Al respecto, el presidente del Ente Regulador de Servicios Públicos, Carlos Saravia, explicó que esta medida beneficiará a “aquellos usuarios que vieron incrementado el consumo en noviembre en un 30% o más”.

Los mencionados usuarios podrán abonar un monto equivalente a la facturación del período noviembre/2022, hasta por un plazo de ciento ochenta (180) días.

El documento establece también que en el plazo de ciento ochenta días (180) se deberá realizar la auditoría de facturación dispuesta por la Resolución ENRESP Nº 32/2023.

En ese período también deberá efectuarse una revisión y análisis de los índices de calidad en los departamentos Orán y San Martín para determinar las readecuaciones necesarias, prioridades de obras y las multas que correspondiesen aplicar a la empresa prestataria, e implementar una solución definitiva respecto a la variación del consumo por las características climáticas de los departamentos citados.

En tanto la Empresa prestataria EDESA S.A. deberá abstenerse, durante este período, de suspender o interrumpir el servicio. Tampoco podrá ejecutar acciones de cobro o restringir los derechos de los usuarios del servicio de energía eléctrica.

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