El presidente Javier Milei había firmado el pasado viernes la medida que rechaza la reforma que aprobó el Congreso y hoy promulgó la decisión a través del Boletín Oficial. El Poder Ejecutivo consideró que la iniciativa es “manifiestamente violatoria del marco jurídico vigente”. A la par confirmó que volverá a otorgar un extra para actualizar los ingresos de los jubilados
Luego de que el Senado haya sancionado la ley por la nueva movilidad jubilatoria, el presidente Javier Milei vetó totalmente el proyecto. El decreto —que firmó el viernes por la noche— se publicó esta madrugada en el Boletín Oficial y así la decisión se hizo efectiva. En simultáneo, el Ejecutivo oficializó un nuevo bono de 70 mil pesos para los jubilados en el marco del sistema de actualizaciones vigente.
El mandatario selló con su rúbrica su rechazo a la legislación luego de la reunión que mantuvo con los diputados y senadores de La Libertad Avanza (LLA) y con los miembros aliados de la Cámara baja.
El decreto 782/2024 alega que la iniciativa aprobada por el Congreso es “manifiestamente violatoria del marco jurídico vigente en tanto no contempla el impacto fiscal de la medida ni tampoco determina la fuente de su financiamiento”. Este fue el principal argumento que sostiene el Ejecutivo desde la sanción de la ley. También plantearon que el proyecto “padece graves deficiencias técnicas y operativas que ponen de relieve su manifiesta irrazonabilidad y las serias dificultades que presentaría su implementación”.
A su vez, convocaron al Poder Legislativo a “actuar con sensatez institucional, de forma responsable, cuidando de no emitir disposiciones cuya aplicación sea inconveniente para las cuentas públicas, o que contradigan la proyección de ingresos y desnutrición de gastos prevista en el Presupuesto Nacional”. “La administración de los recursos públicos debe ser realizada en forma responsable y conforme a los fines públicos y principios de buena administración que debe perseguir toda acción de gobierno, procurando alcanzar el bien común que debe guiar toda política de gobierno”, sostienen.
En ese sentido, enfatizaron en que Presupuesto se diseñó con base en un “programa general de gobierno —que no es simplemente el programa del Presidente, sino el programa que el pueblo votó al elegir al Presidente— y al plan de inversiones públicas”.
El Gobierno nacional también advierte en el considerando del decreto que la iniciativa complicaría la recuperación del sistema previsional al proyectar que generaría futuros incumplimientos y deudas con los beneficiarios al no especificarse la fuente del financiamiento.
Para ejemplificar sus argumentos, el Ejecutivo mencionó que el impacto estimado de la medida asciende a 6.160.000.000.000 para el año 2024, es decir seis billones ciento sesenta mil millones de pesos, y unos 15.430.000.000.000 para el año próximo. Estos números “equivalen al 1,02% del Producto Bruto Interno (PBI) calculado para el año en curso; y de 1,64% de aquel, estimado para el año entrante”.
Con respecto al gasto previsional que implicaría para la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), calculan que dichos importes representan un incremento del 18,5% para el año 2024 y de 29,2% para el año 2025. Además, indicaron que si las erogaciones citadas se relacionaran con el gasto primario de la Administración Nacional, previsto en el presupuesto vigente, la medida “conllevaría un aumento de aproximadamente el 8% del referido presupuesto en términos anuales”.
Frente a esto, el Gobierno recordó que “tiene como objetivo primordial la emisión monetaria 0 a efectos de eliminar de raíz la crisis inflacionaria que socava el poder adquisitivo de los argentinos”. En consecuencia, apuntaron nuevamente contra la iniciativa al decir que su aplicación “dificultaría gravemente la sostenibilidad de las finanzas públicas de la República”, algo que obligaría a contraer financiamiento extraordinario: a través de deuda pública o, mediante el aumento de impuestos.
Tras el veto, el Congreso puede insistir con la nueva fórmula, por lo que la oposición deberá someterla nuevamente a votación y contar con el apoyo de los dos tercios de los miembros presentes en ambas Cámaras. Primero será tratado en Diputados, cámara de origen y, luego, en el Senado.
Por esto mismo, desde la aprobación en el Congreso, el Gobierno se focalizó en fortalecer los lazos con los legisladores aliados del oficialismo: el PRO y el Movimiento de Integración y Desarrollo (MID). De esta manera, se reunió el viernes con los principales dirigentes para explicar por qué la medida no sería promulgada.
En este contexto, el PRO se comprometió a apoyar la decisión del Ejecutivo, pese a que sus legisladores habían votado a favor de la actualización de las jubilaciones.
La legislación vetada establecía una actualización mensual en base al último dato disponible del Índice de Precios al Consumidor (IPC), como el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) vigente que activó el Ejecutivo. Además, incorpora una compensación extra —o “empalme”— del 8,1%, dado que el Gobierno otorgó un 12,5% que no cubre el 20,6% de inflación de enero. Para evitar que la actualización de la canasta básica —que se efectiviza después del pago de los haberes— no quede desfasada, se optó por empujar en ese sentido un mínimo equivalente a 1,09.
Horas después de la sanción, la Oficina del Presidente emitió un comunicado en el que ratificaba lo que había anunciado Milei anteriormente. “En un acto de populismo demagógico, sancionó un proyecto de ley irresponsable, ilegal e inconstitucional que establece gastos exorbitantes sin su correspondiente partida presupuestaria, lo que implicaría necesariamente que el Gobierno vuelva a caer en las viejas prácticas de la emisión monetaria, el aumento de impuestos, o el endeudamiento, que son las mismas recetas que nos han llevado al fracaso durante los últimos 100 años”, expresaron en esa oportunidad.
El bono extraordinario para jubilados
Mientras tanto, el Ejecutivo oficializó un nuevo bono extraordinario previsional de 70 mi pesos para los titulares de las prestaciones contributivas previsionales a cargo de la ANSES; aquellos beneficiarios de la Pensión Universal para el Adulto Mayor y personas beneficiarias de pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de 7 hijos o más; y demás pensiones no contributivas y pensiones graciables, cuyo pago se encuentra a cargo del organismo de la seguridad social.
Este monto se fijó en el decreto 783/2024, también publicado esta madrugada. La normativa establece además que “para aquellos titulares que, por la suma de todas sus prestaciones vigentes, perciban un importe superior al haber mínimo previsional garantizado será igual al monto necesario para alcanzar el tope que resulte de la suma de dicho haber mínimo más el monto máximo del bono extraordinario”.
“En el caso de beneficios de pensión, cualquiera sea la cantidad de copartícipes, estos deberán ser considerados como un único titular a los fines del derecho a la percepción del Bono Extraordinario Previsional que se otorga”, dispone el decreto.